Congreso aprueba Ley Corta que mejorará gestión de Servicios Sanitarios Rurales

Thursday, 01 December 2022 12:49 Sergio Guzmán Leiva
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En la región la medida involucra a más 200 servicios de agua potables rural

La Sala de la Cámara de Diputados y Diputadas aprobó por unanimidad

el Proyecto de Ley corta que modifica la Ley N°20.998 que regula los Servicios

Sanitarios Rurales (También conocidos como APR), flexibilizando su

implementación en los 2.340 comités y cooperativas de APR que existen en

nuestro país y que benefician a más de 2 millones 146 mil personas. De esta

forma el proyecto cumplió su última etapa en la tramitación legislativa para

convertirse en ley.

Al respecto, el ministro de Obras Públicas, Juan Carlos García, destacó esta

aprobación. “Estamos muy contentos y valoramos la aprobación unánime y

transversal en las distintas salas y comisiones del Congreso de estas

modificaciones legales. Un proyecto que no es solo de este Gobierno, un proyecto

que ha surgido por las agrupaciones de agua potable rural. Las dos mil

agrupaciones de agotable requerían más plazo para poder implementar la ley de

Servicios Sanitarios Rurales, requerían más tiempo, para que como Ministerio,

pudiéramos acompañarlos en el proceso, requerían mayores herramientas para

poder hacer mejor su trabajo”.

En esa línea, el secretario de Estado explicó el proceso desarrollado para

incorporar los distintos requerimientos. “Apenas llegamos al gobierno, a través de

la Dirección de Obras Hidráulicas, iniciamos un proceso participativo con las

agrupaciones de agua potable rural del país para conocer las dificultades que han

tenido para acogerse a esta Ley, es por ello que presentamos estas

modificaciones que surgieron de un trabajo y diagnóstico conjunto y que apuntan a

mejorar los estándares de todos los Servicios Sanitarios Rurales del país”.

Por su parte, el seremi de Obras Públicas, Javier Sandoval, recalcó que esta

aprobación “permite, tal cual como lo han solicitado los mismos sistemas, las

mismas organizaciones de APR, flexibilizar los plazos y a los requisitos que esta

ley les imponía, por lo cual también facilita la labor de nuestra Dirección de Obras

Hidráulicas, en torno a la capacitación y a la preparación de todos los comités para

comenzar a aplicar esta ley, una vez que todo este proceso se haya efectuado de

la mejor forma. Así que estamos muy contentos y esperamos que sea muy bien

 

recibida por los más de doscientos sistemas de agua potable rural que existen en

la región y que abastecen a más de 160 mil habitantes”.

El proyecto aprobado en el Congreso, contempla la modificación de plazos y la

flexibilización de los requisitos para la inscripción en el Registro de Operadores,

aumentando en dos años el plazo de inscripción a contar del 20 de noviembre de

2022.

Adicionalmente, se establece que la primera fijación tarifaria se realizará en

proporción a la clasificación por segmentos, a partir del 20 de noviembre de 2024,

para los segmentos mayor (601 a más arranques) y mediano (301 a 600

arranques), a partir del año 2027 para el segmento menor entre 150 y 300

arranques y a inicios del 2029 para el segmento menor con menos de 150.

En materia de capacitación y acompañamiento, se establece la obligación de la

Subdirección de Servicios Sanitarios Rurales del MOP de capacitar y acompañar a

los comités y cooperativas en el proceso de implementación de la Ley. En el

mismo sentido, se contemplan capacitaciones por parte de la Superintendencia de

Servicios Sanitarios.

En relación a la aprobación de proyectos  de agua potable y saneamiento, que

realizan otras instituciones del Estado, se extienden el  plazo para que la

Subdirección de Servicios Sanitarios realice  la visación de estos  proyectos, a

partir de noviembre del año 2023.

En cuanto a las elecciones de los Consejos Consultivos, se incorpora una prórroga

que aumenta el plazo para la realización de las elecciones del Consejo Consultivo

Nacional, de manera que el llamado se realice a más tardar el año 2024. En el

caso de los Consejos Consultivos Regionales, se deberán efectuar los llamados

para las elecciones a más tardar el año 2023.

Finalmente, se prorroga el inicio de la actividad fiscalizadora  de la

Superintendencia de Servicios Sanitarios a los APR, para el segmento mayor a

partir del 20 de noviembre de 2024, el segmento mediano a partir del 20 de

noviembre de 2025 y para el segmento menor a partir del 20 de noviembre de

2027.

Paralelamente con la entrada en vigencia de estas modificaciones legales, la

Dirección de Obras Hidráulicas, se encuentra trabajando en la constitución y

funcionamiento de una mesa nacional y mesas regionales,  con la participación de

dirigentes,   con el objeto de revisar en conjunto, los  instructivos, manuales,

Reglamento y Ley, y proponer  las  modificaciones necesarias que permitan un

buen funcionamiento del sector.