Senador PIzarro valoro proyecto de trabajadoras de casa

Thursday, 25 September 2014 11:57 Sergio Guzmán Leiva
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Senador Pizarro valoró aprobación del proyecto que establece derechos laborales para trabajadores de casa particular





Como un importante paso en la defensa de los derechos laborales definió el senador Jorge Pizarro la aprobación unánime del proyecto que modifica la jornada, descanso y composición de la remuneración de los trabajadores de casa particular y prohíbe el uso de uniformes a trabajadoras de casa particular.



Además, el parlamentario indicó que la iniciativa tiene por objeto adecuar las disposiciones de nuestra legislación a las normas internacionales vigentes en la materia, particularmente respecto de la jornada laboral y la remuneración, compatibilizando las condiciones de trabajo con las particularidades en que los trabajadores de casa particular se desenvuelven.



En esa línea, el senador aclaró que se establece que el pago de las remuneraciones de los trabajadores de casa particular deberá siempre efectuarse en dinero, no pudiendo imputarse a éstas los alimentos y la habitación, las que serán siempre de cargo del empleador.



También, Pizarro explicó que dispone que todo contrato de los trabajadores de casa particular deberán contener los detalles del tipo de labores que deberán realizar, el domicilio específico donde deberán prestarse los servicios y, en su caso, la obligación de asistencia a personas que requieren atención o cuidados especiales. “Y el empleador tendrá la obligación de registrar copia del contrato en las oficinas de la Inspección del Trabajo o en su sitio electrónico, dentro de los 15 días de su celebración”.



Asimismo, el representante DC indicó que el cuerpo legal reduce, a partir del mes de noviembre de 2015, la jornada ordinaria de los trabajadores que no vivan en la casa de su empleador, de 12 horas diarias a 45 horas semanales, las que se podrá distribuir hasta en 6 días, y sin perjuicio de poder pactarse por escrito un máximo de 15 horas semanales adicionales de trabajo, en las condiciones remuneracionales que se establecen.



Finalmente, en el caso de los trabajadores que viven en la casa del empleador, el legislador aclaró que se establece el derecho a descanso mínimo semanal obligatorio en el día domingo. “Además tendrán derecho a descanso el día sábado, pudiendo éstos últimos acumularse o intercambiarse. El descanso de los días sábados también regirá a partir de noviembre de 2015”.